Tal y como se establece en las bases, “las personas calificadas como APTAS se les aplicará el mismo criterio del párrafo anterior; tendrán prioridad las personas desempleadas como consecuencia de COVID-19, es decir, aquellas personas con mayor antigüedad dentro del periodo comprendido entre el 14 de marzo y la fecha de sondeo, y que se hayan quedado sin trabajo en dicho periodo”.
Se establece un plazo de reclamaciones de dos días hábiles.