¿En qué consisten estas ayudas?
Es una subvención a fondo perdido que tiene como objetivo financiar las necesidades de liquidez o de capital circulante de las empresas y autónomos con centro productivo en Extremadura.
Estas ayudas se gestionan bajo el régimen de concesión directa, es decir, las ayudas se irán concediendo según se vayan solicitando por los interesados en base a los requisitos establecidos. Presenta tu solicitud lo antes posible.
¿Quién puede acogerse a estas ayudas?
Pymes y autónomos con centro productivo en la Comunidad Autónoma de Extremadura con independencia de cuál sea su forma jurídica, que se hayan visto afectadas por la COVID-19, es decir:
- Que cuenten con una plantilla equivalente de tres trabajadores asalariados* a jornada completa en aquellos códigos cuenta cotización a la Seguridad Social de la empresa que correspondan a Extremadura, el día de la entrada en vigor de esta ayuda.
- Que hayan visto reducida su facturación en al menos un 50% durante los tres primeros trimestres del año 2020 de forma acumulada, con respecto a la cifra de ese mismo periodo en 2019.
- Excepcionalmente, aquellas empresas que no pueden acreditar el descenso de la facturación conforme al apartado anterior podrán alcanzar la condición de beneficiario siempre que a partir de la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, y antes del 30 de septiembre de 2020 hayan tramitado uno o varios expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE), que hayan afectado, como mínimo, al 50% de las personas asalariadas que tenía a su cargo el día 14 de marzo de 2020, durante al menos cuatro meses.
La cuantía de la subvención se determinará en función del número de trabajadores asalariados que el autónomo o pyme solicitante tenga en situación de alta en sus códigos cuenta cotización a la Seguridad Social que correspondan a Extremadura, el día de la entrada en vigor del Decreto-ley que regula las ayudas.
Estas cantidades se incrementarán en un 25% si la pyme desarrolla una actividad económica prioritaria.
— De 3 a 5 trabajadores: .................................................................. 3.000 euros.
— De 6 a 20 trabajadores ................................................................. 4.800 euros.
— De 21 a 50 trabajadores ................................................................ 8.000 euros.
— Más de 50 trabajadores ................................................................ 12.000 euros.