Cuando hablamos de CANON DE SANEAMIENTO nos estamos refiriendo a un impuesto, de carácter indirecto y naturaleza real, que grava la utilización del agua. Sin embargo, en determinados casos existe la posibilidad de solicitar la devolución del mismo cuando el contribuyente cumpla los siguientes requisitos:
BENEFICIARIOS:
Tener la condición de parado de larga duración o ser perceptor de pensión no contributiva (art. 52 de la Ley 2/2012, de 28 de junio, de medidas urgentes en materia tributaria, financiera y de juego).
REQUISITOS:
Ser vivienda habitual y coincidente con el certificado de empadronamiento del titular del suministro.
Que el resto de personas que habitan en la vivienda no perciban prestaciones de ninguna clase.
PASOS A SEGUIR:
Paso 1: Cumplimentar el modelo oficial de solicitud de devolución. Adjuntar junto a la solicitud:
Factura de agua.
Certificado de convivencia.
Modelo de Alta de Terceros cumplimentado.
Paso 2: Entregar la solicitud en la OMIC hasta el 22 de febrero de 2013.
¿DÓNDE INFORMARSE?
En la Oficina de Consumo de la localidad situada en Avenida de la Constitución, 13 o en el teléfono 927 29 01 26.
En el Portal tributario de la Junta de Extremadura en el siguiente enlace: http://portaltributario.juntaextremadura.es/
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