El Reglamento de Participación Ciudadana permitirá fomentar la participación democrática y la transparencia en los asuntos públicos. Para ello, el artículo 21 del mencionado reglamento crea un Nuevo Fichero Municipal de Entidades Ciudadanas en el cual las Asociaciones del municipio deberán registrarse y actualizar la información.
Plazo de presentación de solicitud y documentación: durante el mes de febrero.
Documentación a presentar:
- Copia de los Estatutos o Normas de funcionamiento vigentes.
- Número de inscripción en el Registro General de Asociaciones o similar, en el caso de Asociaciones inscritas.
- Acta o certificación que acredite la personalidad de cada persona que constituye la Junta Directiva, así como sus domicilios y teléfonos de contacto.
- Domicilio y, si es el caso, sede o sedes de las Asociaciones.
- Código de Identificación Fiscal, para las Asociaciones Inscritas.
- Certificación del número de personas asociadas inscritas.
- Programa o memoria anual de actividades.
- Presupuesto anual de la entidad en su caso.
A partir de este Fichero se creará el Consejo del Municipio donde se analizarán y coordinarán actuaciones que afecten a la localidad con la constitución de consejos sectoriales que se acuerden en el mismo Consejo del Municipio. Se proponen como Consejos Sectoriales:
- Consejo del Deporte
- Consejo de Juventud
- Consejo de Festejos
El Consejo Municipal requerirá la participación de una persona que represente a cada Asociación, siempre y cuando ésta se inscriba durante el mes de febrero en el Fichero mencionado arriba. Mientras a los Consejos Sectoriales sólo asistirá exclusivamente la persona de aquella Asociación relacionada con el área correspondiente.